Estas son las nuevas reglas.
El Congreso de Intendentes aprobó este jueves una normativa unificada para regular el uso de monopatines eléctricos y otros vehículos de movilidad personal en todo el país.
La propuesta fue aprobada por los 19 intendentes y establece una serie de requisitos para la circulación, además de condiciones de seguridad, registro y seguro. La fecha de entrada en vigencia y los mecanismos concretos para su aplicación deberán definirse en las próximas etapas.
¿QUÉ ESTABLECE LA REGLAMENTACIÓN?
UNA SOLA PERSONA: los monopatines eléctricos serán de uso individual y no podrán circular dos personas en el mismo vehículo.
CASCO Y ELEMENTOS DE VISIBILIDAD: será obligatorio utilizar casco protector y elementos de visibilidad, como el chaleco reflectivo.
VELOCIDAD MÁXIMA: la velocidad máxima de circulación será de 25 km/h.
EDAD: se establece una edad mínima que podrá ubicarse entre los 14 y 16 años, según las condiciones que determine cada gobierno departamental. Los menores de 18 años deberán contar con autorización de sus padres o tutores.
LUCES Y SEGURIDAD: los vehículos deberán contar con sistemas de frenado, luces delanteras y traseras, elementos reflectivos y dispositivos de señalización.
CIRCULACIÓN: podrán utilizar ciclovías, bicisendas y otras infraestructuras destinadas a bicicletas cuando estén habilitadas. La circulación por las veredas queda prohibida, salvo las excepciones que pueda establecer cada autoridad departamental.
REGISTRO: no habrá patente para estos vehículos. Las intendencias podrán implementar registros administrativos para identificar al vehículo y a su responsable.
SEGURO: se exigirá un seguro mínimo obligatorio de responsabilidad civil frente a terceros. El registro podrá incluir la constancia de ese seguro.
SIN LIBRETA ESPECÍFICA: la reglamentación no crea una nueva categoría de licencia de conducir para estos vehículos, aunque las intendencias podrán establecer instancias de capacitación en seguridad vial.
Además, se establece que no se podrá conducir utilizando celular, auriculares u otros dispositivos que reduzcan la atención, ni bajo los efectos del alcohol, cannabis u otras sustancias que afecten la capacidad para conducir.
La normativa también prevé un plazo de hasta 12 meses para que los vehículos que ya se encuentran en circulación puedan adecuarse a las nuevas exigencias, mientras que el seguro obligatorio será exigible desde la entrada en vigencia de la reglamentación.
El objetivo planteado por el Congreso de Intendentes es unificar los criterios de regulación y fiscalización de estos vehículos en los 19 departamentos.




